martes, 19 de abril de 2016

Si tu pareja nacional colombiano la visa (TP10) es para ti!

Visa TP10: Al extranjero que desee ingresar al territorio nacional como cónyuge o compañero(a) permanente de nacional colombiano. En el presente caso la vigencia de la visa será de tres (3) años.
El titular de la visa TP-10 quedara autorizado a ejercer cualquier ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o contrato laboral. Esta clase de visa se expedirá sin perjuicio de los requisitos legales establecidos para el ejercicio de cada profesión u oficio en el territorio nacional.
La permanencia del extranjero titular de esta visa será del total de su vigencia.

Alistar la documentación requerida para la solicitud

DOCUMENTOS:
Ø     Pasaporte o documento de viaje en buen estado : 1 Original(es) 1 Fotocopia(s) Para ser escaneadas
Anotaciones adicionales: Con vigencia de mínimo 180 días y dos páginas en blanco. La página principal del pasaporte donde aparecen los datos personales del titular. La página donde aparezca estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, si lo tuviere. La página que contenga la última visa colombiana si la tuviere. En caso de que hubiese sido otorgada con el código de lectura rápida u OCR no será necesario este requisito
Ø     Registro Civil de Matrimonio colombiano : 1 Copia(s) Autentica
Anotaciones adicionales: Expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la solicitud de la visa
Ø     Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s)
Anotaciones adicionales: Del cónyuge o compañero(a) permanente colombiano(a)
Ø     Carta del nacional colombiano solicitando la expedición de la visa : 1 Original(es)
Anotaciones adicionales: Para su cónyuge o compañero(a) permanente extranjero

TENGA EN CUENTA
ANEXE
Ø     Fotografía reciente: 1 Original(es) Documento electrónico en formato JPG - A color con fondo blanco de 3 centímetros por 4 centímetros. Mirar de frente a la cámara y asegurarse de que la cabeza sale centrada en la fotografía y completa. Ambos ojos deben salir abiertos. No deben salir destellos en la foto, no permitir que el cabello u otros accesorios cubran el rostro

Anexe
o                  Providencia judicial, o del acta de conciliación o escritura pública: 1 Copia(s) - Que acredite la unión marital de hecho, según las normas colombianas. Cualquiera de estos documentos deberá ser expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la solicitud de la visa. NOTA: Cuando la solicitud de visa en calidad de compañero(a) permanente de nacional colombiano(a) se presente ante una Oficina Consular de la República, se aceptará el documento válido que compruebe la unión marital de hecho de acuerdo con las leyes del país receptor

ANEXE
Ø          Poder especial otorgado al extranjero para solicitar dicha visa : 1 Original(es)

2. Diligenciar el formulario de solicitud y adjuntar los documentos soporte
Ø     En caso de efectuar la solicitud de manera presencial, el formulario será diligenciado por el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la información suministrada por el solicitante
Ø     Ubica en el mapa los puntos de atención para hacer el trámite y encuentra la ruta para llegar a la sede que necesitas

3. Realizar el pago del estudio de la visa
4.Acreditar el pago por el estudio de la visa
Ø     Realizado este pago, se efectuara el estudio correspondiente de la solicitud de visa
Ø     Medio: WEB Solicitud de visa en línea
Ø     Ubica en el mapa los puntos de atención para hacer el trámite y encuentra la ruta para llegar a la sede que necesitas
La entidad verificará que el solicitante cumpla con:
Ø     Sustanciación de la solicitud

Tenga en cuenta
ANEXE
Ø          Otros documentos : 1 Copia(s) Según las indicaciones de la autoridad expedidora
5. Realizar el pago del total de los derechos del trámite, si se aprueba la expedición de la visa
INFORMACIÓN DE INTERÉS
Como resultado de este servicio obtendrás: Visa Temporal TP-10 (Cónyuge o compañero(a) permanente de nacional colombiano(a))
El plazo para este servicio es: 4 Dia(s) hábil(es)
Puedes hacer seguimiento de este trámite en:
·                     Presencial: Ubica en el mapa los puntos de atención
·                     Telefónico: 018000 938 000 - Lunes a Domingo las 24 horas 381 4000 ext. 1 - Lunes a Domingo las 24 horas BOGOTA, DISTRITO CAPITAL 382 6999 - Lunes a Domingo las 24 horas BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

·                     Web: Solicitud de visa en línea

7 comentarios:

  1. querida silvia, saludos.! me voy a casar en venezuela. eso quiere decir q ya los 3 meses de expedición del acta de matrimonio no son necesarios.? me puedo casar y solicitar la visa de una vez.?

    ResponderEliminar
  2. Hola soy cubana y me encuentro en chile..mi intención es casarme con mi pareja que es colombiano..puedo presentar la documentación desde chile para luego casarnos en colombia

    ResponderEliminar
  3. Buenas soy daniel mi pareja es colombiano somos del.mismo sexo yo me encuentro en colombia y pensamos casarnos como influye eso y que necesito para solicitar visado o a que puedo optar y a cual visa? Y cuando se saca cédula de extranjería

    ResponderEliminar
  4. donde consigo el formato para Carta de solicitud de la visa,
    poder especial otorgado por este al extranjero para solicitar dicha visa.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. hola buen dia conseguiste el modelo del poder? yo fui a varias notarias y ellos me comentan que no poseen un modelo mas bien debo redactarlo yo y luego llevarlo para que sea notariado

      Eliminar
  5. hola para el poder especial se necesita algun formato?

    ResponderEliminar
  6. Soy casado con una venezolana, yo soy colombiano debemos casarnos en colombia ?

    ResponderEliminar