Visa TP9: Al extranjero que desee ingresar o haya
ingresado al territorio nacional calificado como refugiado
o asilado por el Gobierno Nacional, a instancia de la Comisión Asesora para la
Determinación de la Condición de Refugiado, y de conformidad con los
instrumentos internacionales vigentes sobre la materia. El
extranjero en condición de refugiado o asilado quedará autorizado con esta Visa
a ejercer cualquier ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se
desarrollen en virtud de una vinculación o contrato laboral. En el presente
caso la vigencia de la visa será de cinco (5) años.
El titular de la visa TP-9
quedara autorizado a ejercer cualquier ocupación legal en el país, incluidas
aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o contrato laboral.
Esta clase de visa se expedirá sin perjuicio de los requisitos legales
establecidos para el ejercicio de cada profesión u oficio en el territorio
nacional.
La permanencia del extranjero
titular de esta visa será del total de su vigencia.
Documentos:
Ø Pasaporte o documento de viaje en buen estado: 1 Fotocopia(s) 1 Original(es) Para ser
escaneadas
Anotaciones adicionales: Con vigencia de mínimo 180 días y dos páginas en blanco. La página principal del pasaporte donde aparecen los datos personales del titular. La página donde aparezca estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, si lo tuviere. La página que contenga la última visa colombiana si la tuviere. En caso de que hubiese sido otorgada con el código de lectura rápida u OCR no será necesario este requisito
Anotaciones adicionales: Con vigencia de mínimo 180 días y dos páginas en blanco. La página principal del pasaporte donde aparecen los datos personales del titular. La página donde aparezca estampado el último sello de ingreso o salida de Colombia, si lo tuviere. La página que contenga la última visa colombiana si la tuviere. En caso de que hubiese sido otorgada con el código de lectura rápida u OCR no será necesario este requisito
Ø Resolución mediante la cual se le reconoce la
condición de refugiado o asilado : 1
Fotocopia(s)
Tenga en cuenta
Anexe
Ø Fotografía reciente: 1 Original(es) Documento electrónico en
formato JPG - A color con fondo blanco de 3 centímetros por 4 centímetros.
Mirar de frente a la cámara y asegurarse de que la cabeza sale centrada en la
fotografía y completa. Ambos ojos deben salir
2. Diligenciar el formulario de
solicitud
Ø En caso de efectuar la solicitud de manera
presencial, el formulario será diligenciado por el funcionario del Ministerio
de Relaciones Exteriores, con la información suministrada por el solicitante
Ø Medio: WEB Solicitud de visa en línea
Ø Ubica
en el mapa los puntos de atención para hacer el trámite y
encuentra la ruta para llegar a la sede que necesitas
3. Presentar la documentación
requerida
Ø Efectuar el estudio correspondiente de la
solicitud de visa
Ø Medio: WEB Solicitud de visa en línea
Ø Ubica
en el mapa los puntos de atención para hacer el trámite y
encuentra la ruta para llegar a la sede que necesitas
La entidad verificará que el solicitante
cumpla con:
Ø Sustanciación de la solicitud
Tenga en cuenta
Anexe
Ø Otros documentos : 1 Copia(s) Según las indicaciones de la
autoridad expedidora
INFORMACIÓN
DE INTERÉS
Como resultado de este servicio obtendrás:
Visa Temporal TP -9 (Refugiado o Asilado)
El plazo para este servicio es: 4 Dia(s)
hábil(es)
Puedes hacer seguimiento de este trámite en:
·
Presencial: Ubica en el mapa los puntos de atención
·
Telefónico: 381 4000 ext. 1 - Lunes a Domingo 24 horas BOGOTA, DISTRITO
CAPITAL 018000 938 000 - Lunes a Domingo 24 horas382 6999 - Lunes a Domingo 24 horas BOGOTA, DISTRITO CAPITAL Web: Solicitud de visa en línea
Buenas tardes, soy vnzlna casada con 2 niños( 7 y 2 años) necesito de su orientación, actualmente residimos en Quito, por causas mayores no pude legalizarme acá. Quisiera al llegar a Colombia pedir refugio o asilo, pero mi duda es si mis miedos por devolverme con mis hijos a vzla en medio de esta crisis humanitaria que existe por falta de medicinas y alimentos aparte de la crisis hospitalaria sean motivos suficientes para solicitar refugio, es decir cree usted que valga la pena tomar el riesgo, otra pregunta: el salvoconducto SC2 me permite trabajar mientras se define mi caso? le agradezco en todo lo que me pueda orientar.
ResponderEliminarBuenas noches, soy venezolana, casada con ciudadano colombiano y tengo dos hijos mayores de edad, no tenemos dinero para tramitar visas residente o de matrimonio, en mi caso. Será que podemos acogernos a la visa de refugiados? Necesito asesoramiento por favor.
ResponderEliminarBuenas tardes mi pregunta es la siguiente tengo un sobrino que actualmente vive en Colombia sin documentación alguna venezolano, como haría para legalizar su situación ya que a Venezuela no puede regresar xq lo meterían preso, en una manifestación contra el gobierno fue detenido y acusado de terrorista, como no pudieron encontrar Nada en su contra le dictaron presentación cada 2 meses decidió irse con su esposa e hijo xq aquí ya no tenía vida
ResponderEliminarHola yo estoy enferma de ostopenia y acá como el mundo sabe no hay medicinas y nos estamos muriendo de hambre yo puedo pedir asilo en colombia ya q mi condición puede empeorar y tengo un niño d 9 años q depende d mi
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